¿Le resulta familiar esta situación? Hace unos años, sus ingresos anuales eran bastante bajos por lo que creyó que no debía pagar el impuesto a las ganancias. Por eso, cuando llegó el 15 de abril del año siguiente, ni se molestó en presentar su declaración fiscal porque sabía que no sería penalizado. ¡Grave error!.
Aun cuando sus ingresos estén por debajo del monto mínimo por el que se deben pagar impuestos, hay grandes chances de que se le hayan descontado impuestos de su sueldo a lo largo del año. (Revise su formulario W-2 de fin de año). Si es así, probablemente tenga una importante devolución fiscal por cobrar.
Y usted no es el único. El IRS calcula que, anualmente, casi un millón de personas no se molestan en presentar sus declaraciones fiscales, perdiendo su derecho a recibir cerca de U$S1,000 millones en devoluciones fiscales –devoluciones que promedian varios cientos de dólares por persona.
La buena noticia es que el IRS le da generalmente un plazo de tres años para presentar una declaración fiscal del año anterior si desea reclamar una devolución impaga. Por ejemplo, para cobrar una devolución correspondiente al año 2010, usted tiene hasta el 15 de abril de 2014 para presentar la declaración fiscal de 2010. Vencido ese plazo, el dinero pasa a ser propiedad del Tesoro estadounidense.
Puede solicitar los formularios de las declaraciones fiscales del año pasado en www.irs.gov o llamando al 800-TAX-FORM (800-829-3676). Si le falta algún otro papel (ej. formularios W-2 o 1099), deberá solicitar copias a su empleador, banco u otro pagador. Si no los consigue, presente el formulario 4506-T del IRS para solicitar una transcripción gratuita de la información contenida en estos formularios.
Tenga en cuenta que, si presenta el formulario para cobrar una devolución por sus impuestos de 2010 pero no ha presentado las declaraciones fiscales de 2011 y 2012, el IRS puede retener la devolución hasta que presente dichas declaraciones. Además, las devoluciones pasadas se aplicarán a las sumas que usted adeude al IRS o a su órgano fiscal estatal, y podrán ser usadas para pagar cuotas alimentarias impagas o deudas federales vencidas, como préstamos estudiantiles.
Otra buena razón para presentar la declaración fiscal del año anterior es el Crédito Fiscal por Ingresos (o EITC por sus siglas en inglés). Si el motivo por el que no presentó su declaración fiscal fue que no tuvo tantos ingresos como para tener que pagar impuestos, podría haber accedido al EITC, un crédito fiscal “reembolsable” para contribuyentes con ingresos bajos a moderados.
El 15 de abril es el plazo para presentar nuestra declaración fiscal de 2013. Como mínimo, debería pedir una extensión del plazo para entonces; de lo contrario, la penalidad por los impuestos adeudados aumentará drásticamente.
En general, deberá pagar un recargo del 5 por ciento sobre los impuestos adeudados por cada mes parcial o completo de retraso, más los intereses, hasta una penalidad máxima del 25 por ciento. Pero, si presenta su declaración o solicitud de extensión de plazo, la penalidad será 10 veces menor, es decir, 0.5 por ciento mensual, más los intereses.
En resumen: Si no ha presentado sus declaraciones fiscales de los últimos tres años, vuelva atrás y haga cuentas –podría tener la grata sorpresa de recibir una abultada devolución fiscal.
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